sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº2757

Política | 31 may 2018

Planta de Fertilizantes: “La OPDS constató el incumplimiento de determinados condicionamientos establecidos”

Desde Surfrider Argentina se refirieron al fallo judicial que frenó la construcción del establecimiento.  Aseguran que la empresa no cumplió los requerimientos derivados del informe de impacto ambiental.


Una de las ONG que presentaron denuncias contra la construcción de la terminal de fertilizantes “Pier 12” fue Surfider Argentina.

A través de un comunicado de prensa, la organización local detalló los alcances de la medida cautelar presentada.  

“Ante el comienzo de las obras y, como consecuencia de denuncia de vecinos, el 22 de marzo el OPDS, en su carácter de Autoridad Ambiental Provincial, realizó una inspección al sitio, donde se constató el incumplimiento de determinados condicionamientos establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental”, afirmaron desde Surfider.

En ese sentido, ampliaron: “En cuanto a la seguridad de las personas y el verdadero riesgo generado por las sustancias que operaría el sitio una vez en funcionamiento, aun cuando en el informe de OPDS se consigna que han sido aprobadas por autoridades nacionales competentes expresamente, y que no existiría tal riesgo de explosión por formación de ANFO (como se instaló en la conciencia de algunos vecinos), hemos podido averiguar que Centrales de la Costa S.A. exige al Consorcio y al firma Pier 12 una cuantiosa inversión en la construcción de un nuevo ducto para abastecer de combustible a la termoeléctrica, con retiro suficiente y medidas de seguridad extremas”.

Por último, la misiva girada a los medios señala que “aunque el Juez no lo mencione en su proveído, cabe destacar que OPDS ordenó al Consorcio de Gestión del Puerto llevar a cabo una audiencia informativa a los vecinos y la comunidad en general, en la cual concurra la Municipalidad de Necochea, la firma y la propia Autoridad Provincial, para explicar el alcance de la declaración de impacto, como así también notificar y dar vista a todos los interesados del trámite respectivo y la documentación presentada por la firma para el cumplimiento de los requisitos ambientales de ley”.

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