viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2756

Sociedad | 15 mar 2019

AFIP precisó los beneficios impositivos para inversiones en energía renovable

El beneficio consta de una acreditación o devolución anticipada del impuesto al valor agregado (IVA). El Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de producción en todo el territorio nacional. En enero se generó un conflicto entre los dirigentes del Puerto y el municipio por estas tasas.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) precisó el modo en que los proyectos de inversión o concesionario de obras nuevas de producción de energía eléctrica generada a partir del uso de fuentes renovables podrán solicitar la aplicación del beneficio de amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias.

La resolución general 4437/2019, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispone que los sujetos que posean el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables solicitarán la aplicación del beneficio, con Clave Fiscal, a través del servicio “Ley 26190 Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía”.

Previo a ello deberán informar los comprobantes que respaldan las erogaciones en bienes de capital y obras de infraestructura sujetas al beneficio.

Aquellos contribuyentes que hubieran obtenido el beneficio de acreditación o devolución anticipada del impuesto al valor agregado (IVA) por las erogaciones efectuadas para adquirir los bienes por los cuales se solicita el beneficio de amortización acelerada, deberán vincular los comprobantes oportunamente informados a los bienes objeto del beneficio.

El beneficio previsto quedará sujeto a que el titular del proyecto mantenga los bienes en su patrimonio durante tres años contados a partir de la fecha de habilitación del bien, excepto en el caso de reemplazo de bienes, en tanto el monto invertido en la reposición sea igual o mayor al obtenido por su venta.

El Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de producción en todo el territorio nacional.

Para ello instituyó un régimen de inversiones para la construcción de obras nuevas con el otorgamiento de beneficios promocionales, entre ellos, la devolución anticipada del IVA y la amortización acelerada en el impuesto a la Ganancias de los bienes comprendidos en el proyecto.

El conflicto en Necochea respecto a las tasas

En enero, cuando el Puerto Quequén estaba dispuesto a recibir los aerogeneradores para el parque eólico, se generó un conflicto efímero y mediado por un supuesto error humano, pero que generó un fin de tregua entre los principales referentes políticos de la ciudad.

El municipio presentó al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad un incremento de la alícuota de la Tasa de Seguridad e Higiene del 0,25 al 6 por ciento, para las empresas vinculadas a la generación de energía eléctrica cualquiera sea la fuente.

El presidente del Consorcio del Puerto y referente de Cambiemos, Arturo Rojas, organizó al instante una conferencia de prensa para criticar dicho aumento: "“Se trata de una actividad que debemos fomentar, relacionada con la generación de energías limpias, con la posibilidad de radicación de más empresas y más trabajo".

Sin embargo, funcionarios del ejecutivo local salieron a explicar la situación. Por ejemplo, Diego López Rodríguez, amplió: “Hubo un error en la redacción de la Fiscal Impositiva, los valores que se van a aplicar, que siempre fue la voluntad del Ejecutivo son los mismos del año pasado respecto a la tasa de seguridad e higiene". Y además le dedicó una declaración también a Rojas: "Un sector de la oposición aprovechó ese error de tipeo para hacer una movida política en un año electoral generando un poco de confusión, aun sabiendo que esto se debió a un error de tipeo”, concluyó.

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