El Honorable Concejo Deliberante de Necochea se prepara para votar la convalidación de cuatro actas acuerdo firmadas entre la Municipalidad y la empresa Recolección y Limpieza Ambiental S.A. (RELISA), concesionaria del servicio público de higiene urbana y de la disposición final de los residuos del distrito.
El expediente, identificado como Nº 5696/10 — Alcance 37 — Cuerpo 11, reúne más de una década de actuaciones, pero en su tramo reciente —2022 a 2025— condensa los elementos más sensibles: un acuerdo transaccional, múltiples diferimientos de pago, compromisos de obra pública y un impacto financiero que se proyecta sobre 2026 y los años siguientes.
Todo se origina en la Ordenanza 10.982/22, aprobada por el Concejo y promulgada por el Ejecutivo, que autorizó un acuerdo transaccional para “reencauzar” la relación contractual con RELISA.
Ese acuerdo implicó tres pilares:
Pago municipal consolidado de $948.055.728,16 en 36 cuotas.
Obligaciones de la empresa: saneamiento ambiental, construcción del galpón y dependencias anexas, dos celdas impermeabilizadas y transferencia de inmuebles al Municipio.
Restablecimiento del equilibrio económico-financiero del contrato de concesión, argumento central del Ejecutivo para justificar el acuerdo.
El contrato de concesión del servicio de residuos es catalogado como “servicio esencial” por la Ley 13.592.
Entre 2023 y 2025 RELISA fue cumpliendo distintas obligaciones:
Escrituró dos parcelas a favor del Municipio, cumpliendo la cláusula 13.
Presentó el Plan de Saneamiento y documentación técnica del galpón.
Construyó dos celdas impermeabilizadas en el predio de disposición final (Resolución OPDS 713/18).
Avanzó en más del 80% del galpón, según constatación del área técnica municipal.
En noviembre de 2025 entregó formalmente la obra completa: galpón, dependencias y los seis boxes sobre platea de hormigón que la empresa asumió como costo propio y exclusivo.
El Municipio recepcionó todo mediante acta labrada por Patrimonio y Planeamiento.
La cláusula décima del acuerdo original establecía un cronograma de pagos desde enero 2024, con intereses calculados según la tasa pasiva de plazo fijo digital del Banco Provincia, índice establecido por doctrina de la Suprema Corte bonaerense.
Sin embargo, entre 2024 y 2025 se firmaron cuatro actas acuerdo que postergaron —en cadena— el inicio de los pagos:
8/3/2024 → se difiere la primera cuota a junio 2024
18/9/2024 → se difiere a febrero 2025
17/6/2025 → se difiere a septiembre 2025
28/11/2025 → se difiere a enero 2026
Es decir: dos años completos de diferimientos, sin alterar el monto consolidado pero sí la estructura temporal.
El Ejecutivo argumenta que fue necesario por la crisis económica, la caída de recaudación y la necesidad de preservar la continuidad del servicio.
En marzo 2024, el Juzgado Contencioso de Necochea dictó un embargo sobre los pagos que el Municipio debía realizarle a RELISA, en el marco del juicio “Esbensen c/ Municipalidad”.
RELISA y el Municipio apelaron, sosteniendo que la medida afectaba un servicio esencial.
La situación se destrabó recién en octubre de 2025, cuando el juzgado homologó un acuerdo entre RELISA y la contraparte y levantó el embargo, habilitando nuevamente la cadena de pagos.
El expediente reconoce expresamente que el esquema acordado beneficia al Municipio por dos vías:
el monto original consolidado (desde diciembre 2022)
la relación entre ese monto y la cotización del dólar entre 2022 y 2025
Es decir, el Ejecutivo sostiene que diferir la deuda, con tasa pasiva, fue más conveniente que pagar en tiempo y forma.
Sin embargo, jurídicamente implica otra cosa:
Esto convierte al expediente RELISA en un condicionante financiero plurianual, que excede un ejercicio presupuestario y compromete recursos futuros.
El Proyecto de Ordenanza tiene tres artículos:
El ingreso del expediente a la Comisión Parlamentaria, según señalan fuentes legislativas, fue repentino y sin el debate previo que suelen tener estos temas de alto impacto fiscal y ambiental.
La sesión del martes podría convertirse en una de las más trascendentes del año.
La decisión de habilitar o rechazar la convalidación tendrá consecuencias directas en:
el servicio de recolección y disposición final
los costos futuros del sistema
la previsibilidad presupuestaria del Municipio
la autonomía del próximo Ejecutivo
la discusión ambiental local
el rol del Concejo como contralor
SI TE QUEDAN DUDAS LEÉ EL PROYECTO COMPLETO A CONTINUACIÓN
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