Solicitud Acceso a Información Pública Ambiental por Venta Casino by noticiasdenecochea
El pedido fue formulado en carácter urgente, con sustento en la Constitución Nacional y Provincial, leyes ambientales de presupuestos mínimos y tratados internacionales. Sin embargo, hasta el 4 de febrero el Municipio no brindó ninguna respuesta, mientras el proceso administrativo continuó avanzando y la subasta fue fijada para el 11 de febrero.
Con el correr de las semanas, esa presentación inicial dio lugar a una construcción colectiva, integrada por vecinas y vecinos con formación en derecho, arquitectura, ambiente y otras disciplinas, que comenzaron a analizar el procedimiento y a advertir públicamente sobre sus inconsistencias.
La solicitud presentada el 1° de diciembre no fue genérica ni declarativa. El escrito detalló requerimientos concretos, todos previos y obligatorios para cualquier acto de disposición del inmueble:
Acceso al expediente completo del proyecto de ordenanza de subasta y a toda su documentación anexa.
Copia del Informe Ambiental Regional (IAR) exigido por el procedimiento IPAR-CUS para cambios de uso del suelo.
Acceso a los expedientes de aprobación de los indicadores urbanísticos, con acreditación de las instancias de participación ciudadana previas, tal como establecen la Ley General del Ambiente, la normativa provincial y el Acuerdo de Escazú.
Detalle del destino de los fondos que se obtendrían de la subasta, con énfasis en obras ambientales indispensables, como una planta de tratamiento de efluentes cloacales y un sistema de desagüe propio al mar.
Además, el escrito solicitó expresamente que el HCD se abstuviera de aprobar la ordenanza de subasta hasta tanto se cumplieran estos pasos, advirtiendo que avanzar sin responder podría derivar en acciones judiciales y responsabilidades personales para los funcionarios intervinientes.
Nada de esto fue contestado.
Uno de los puntos más cuestionados del proceso es que la ordenanza aprobada no fija indicadores urbanísticos concretos, sino que los menciona como “potenciales”. En términos prácticos, esto implica que no está definido con precisión qué puede construirse, cuántos metros ni bajo qué parámetros.
Desde el conjunto de vecinos y vecinas explicaron a NdeN que esta indefinición vuelve incierto el objeto mismo de la subasta.
“Si los indicadores no están determinados, no se sabe cómo se vende ni qué se vende. Y quien eventualmente compre tampoco sabe qué está comprando”, señalaron.
Esa falta de definición impacta directamente en la tasación del inmueble. En intentos anteriores, el predio fue valuado en torno a los 9 millones de dólares, mientras que el precio base actual ronda los 3 millones, una diferencia que genera interrogantes sobre el valor real del bien sin parámetros urbanísticos convalidados.
El pedido de información también puso el foco en la ausencia de estudios ambientales integrales. Según explicaron, no existe Informe Ambiental Regional ni Estudio de Impacto Ambiental elaborado con participación ciudadana, a pesar de que el cambio de uso propuesto tendría efectos acumulativos sobre el entorno.
“El sistema cloacal del sector está colapsado y no puede recibir mayor carga. No se planificó previamente una planta de tratamiento ni un nuevo desagüe al mar, que debería ser una obra previa y no posterior”, explicaron.
Desde el colectivo señalaron que la falta de planificación ambiental no solo afecta al predio del Casino, sino al Parque Miguel Lillo y a toda la franja costera, un aspecto que —sostienen— debió evaluarse antes de avanzar con la subasta.
El Complejo Casino está declarado Patrimonio Cultural y Ambiental del distrito por la Ordenanza 7106/2010, con Categoría A – Valor Excepcional. Ese estatus jurídico implica que cualquier acto de disposición, gestión o cambio de uso debe cumplir instancias previas de información pública y participación ciudadana.
Existen antecedentes judiciales, incluso en el ámbito de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata, que ratifican que estos procedimientos no son optativos, sino obligatorios cuando se trata de bienes públicos protegidos.
Desde el espacio impulsor de la presentación remarcaron que no se trata de una acción individual, aunque el escrito inicial lleve firmas concretas.
“Esto no es un tema personal. Se pidió información el 1° de diciembre y se advirtió que, si el procedimiento no estaba bien hecho, debía detenerse. Si la Justicia considera que todo está en regla, que continúe; y si no, que se haga conforme a la ley”, explicaron.
La medida presentada es una acción preventiva de daño, que busca que la Justicia determine si el procedimiento administrativo cumplió o no con la normativa vigente antes de avanzar con una decisión de alto impacto público.
A este cuadro se suma un dato concreto: la inscripción de interesados cierra el 6 de febrero y, hasta el momento, no hay inversores registrados. La falta de respuesta al pedido de información y la indefinición normativa configuran un escenario de incertidumbre jurídica que atraviesa todo el proceso.
Lejos de tratarse de una discusión ideológica, la subasta del Casino abrió un debate de fondo sobre transparencia, legalidad y participación ciudadana en la gestión de bienes públicos estratégicos para el distrito.