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Emergencia administrativa: Rojas vetó artículos donde debía consultar al Concejo para anulación de contratos - Noticias de Necochea

POLíTICA | 10 ENE 2020

SE RENUEVA LA POLéMICA

Emergencia administrativa: Rojas vetó artículos donde debía consultar al Concejo para anulación de contratos

Varias de las normativas dadas de baja están apuntadas a que el cuerpo deliberativo no tenga incumbencias en dichas decisiones. Se reabre la polémica con los gremios del sector.




En las últimas horas se conoció el veto de varios artículos de la ordenanza de “Emergencia Administrativa”, entre ellos algunos referidos a que no podía realizar suspensiones, y anulaciones de contratos y concesiones sin la autorización del Concejo Deliberante.

En el decreto, al que tuvo acceso exclusivo NdeN, sostiene derogar la parte de la norma que dice: “En los supuestos de resolución, suspensión, anulación y rescisión de contratos, concesiones y permisos, deberá contar con la homologación del Honorable Concejo Deliberante”.

Entre las justificaciones planteadas se sostiene a partir de que la actual gestión “encontró un gran desorden administrativo por lo que consideraba razonable suspender solamente los plazos que la obligan”.

“Que suspender todos los plazos administrativos podría conducir a la sin razón de que las intimaciones que se cursen a los particulares, sea por ejemplo para `presentar documentación`, `acompañar declaraciones juradas`, `pagar tributos` o `cesar conductas contrarias a la normativa`se vean también suspendidas”, sostiene en los fundamentos el intendente.

También se da de baja la parte del artículo 13  que sostiene que tal ítem está condicionado “a la autorización y lineamientos que eventualmente pudiere establecer el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires”.

El artículo 26 se deroga por completo. El mismo sostenía: “Suspéndanse por noventa (90) días hábiles los plazos administrativos establecidos en la ordenanza general 267/80”.