

A raíz de esto, el director General de Control Urbano de la Municipalidad de Necochea, Juan Manuel Laportilla, explicó que se trata de una condición obligatoria que, de no realizarla, impide avanzar al sistema con el trámite.
La resolución aplica a toda persona física o jurídica a la hora de realizar un trámite en los Centros de Emisión de Licencias de Conducir, por lo que se deberá previamente registrar, constituir y dar de alta por única vez un “Domicilio Vial Electrónico”.
Con respectos como se debe gestionar explicó “las personas humanas deben tramitarlo personalmente, llenado un formulario, físico o en línea, al momento de realizar trámites presenciales o bien ingresando al portal oficial del Ministerio de Transporte: www.gba.gob.ar/transporte/ y proceder de acuerdo a las indicaciones que allí se proporcionan.
En cuanto a las personas jurídicas, deberán constituir el Domicilio Vial Electrónico a través de su representante legal y/o apoderado quien, a la vez, deberá ya haber constituido el propio de forma previa.
Será obligación del ciudadano adherente ingresar al Domicilio Vial Electrónico y verificar la existencia de notificaciones como así también mantener actualizados sus datos.
A través del Domicilio Vial Electrónico, se comunicarán avisos, citaciones, intimaciones o notificaciones que se originan como consecuencia de una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de la sentencia y tratamiento de recurso que deban efectuarse al presunto infractor por medio de las autoridades de aplicación.