

Detalles del Bono Extraordinario
Según lo establecido en la Resolución 1209/2023, publicada en el Boletín Oficial el martes 26 de septiembre, el bono extraordinario será abonado por la Anses. Los beneficiarios de la prestación por desempleo que tengan derecho a recibir esta ayuda solo en septiembre u octubre obtendrán el bono en uno de esos meses, como especifica el texto oficial.
Es importante destacar que el monto de la prestación por desempleo varía según los ingresos y los meses trabajados con aportes durante los últimos tres años. En septiembre, el monto mínimo de la prestación por desempleo fue de $32,771, mientras que el máximo alcanzó los $54,628.
¿Quiénes Tienen Derecho a la Prestación por Desempleo?
La prestación por desempleo está dirigida a los trabajadores asalariados registrados que han sido despedidos sin justa causa o por fuerza mayor. También se aplica a aquellos que han perdido su empleo debido al quiebre de la empresa en la que trabajaban, así como a los trabajadores detectados como no registrados en acciones de fiscalización y posteriormente despedidos.
Sin embargo, existen ciertas exclusiones para quienes no tienen derecho a esta prestación. Entre ellos se encuentran aquellos que no han realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo (excepto quienes hayan sido detectados con trabajo no registrado en una fiscalización y posteriormente despedidos), quienes perciben prestaciones previsionales (a excepción de pensiones directas o derivadas de carácter contributivo), beneficiarios de Programas de Empleo u otras prestaciones no contributivas (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia - Ex Combatientes del Atlántico Sur, Ley N° 23.848), entre otros.
Cómo Iniciar el Trámite
Los trabajadores desempleados que cumplen con los requisitos deben iniciar el trámite dentro de un plazo de 90 días hábiles desde que finaliza su relación laboral. Los días que exceden este plazo se descontarán del período total de prestación al que tienen derecho.