viernes 04 de julio de 2025 - Edición Nº3197

Política | 3 jul 2025

EN DEFENSA DEL PULMÓN VERDE

Advierten que el Club Villa del Parque pretende talar 20 árboles del espacio público en el Parque Miguel Lillo

Vecinos, organizaciones ambientales y profesionales presentaron una nota formal al Municipio de Necochea para impedir la tala de 20 ejemplares arbóreos que el Club Villa del Parque pretende realizar en el predio concesionado dentro del Parque Miguel Lillo. La solicitud carece de fundamentos técnicos y legales, y se suma la desaparición de un informe clave de la Dirección de Guardaparques que rechazaba la medida.


Organizaciones ambientales y vecinas presentaron una nota en el Municipio dirigida a Juan de la Calle Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos para solicitar la desaprobación de la tala, amparándose en la legislación vigente que protege el arbolado público. Además, denuncian la desaparición de un informe clave de la Dirección de Guardaparques, fundamental para la evaluación del expediente.

 

Nota presentada por organizaciones ambientalistas

Vecinos y vecinas en representación de la Mesa de Consenso para la Gestión del Parque Miguel Lillo, integrada por diversas asociaciones ambientales, la Asociación para la Conservación del Parque Lillo, la Dirección Forestal Provincial, el Colegio de Ingenieros Agrónomos Forestales y funcionarios municipales, se entregó el pasado 2 de julio una nota dirigida al Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Juan De la Calle.

El documento expresa la preocupación ante la solicitud del Club Villa del Parque, a través del expediente 365/25, que pretende talar 20 árboles en el predio concesionado para la construcción de nuevas canchas deportivas.

Se destaca la ausencia de un Estudio de Impacto Ambiental y la falta de participación ciudadana, ambos requisitos esenciales para la legitimidad de cualquier acción que afecte el arbolado público.

Además, la nota denuncia irregularidades administrativas, entre ellas la desaparición del informe elaborado por la Dirección de Guardaparques, documento que había sido incorporado al expediente pero no fue encontrado en su lugar original, faltando incluso el sello de juntura y con evidencias de que otra nota fue retirada.

Los firmantes solicitan una reunión urgente con las autoridades municipales para evitar la tala y garantizar la protección del patrimonio ambiental del Parque Miguel Lillo.

Fundamentaciones legales y técnicas

El pedido de tala carece de sustento legal y técnico. Las leyes y ordenanzas provinciales y municipales protegen expresamente el arbolado público, definido como todas las especies arbóreas y arbustivas plantadas en áreas urbanas y rurales destinadas al uso público, independientemente de quién las haya plantado.

Las principales normativas aplicables son:

  • Ley Provincial 12.276 de Arbolado Público

  • Ordenanza Municipal 5085/03 de Protección del Arbolado Público

Ambas prohíben de forma expresa la eliminación, tala, poda o daño de ejemplares sin autorización previa del municipio, excepto en casos donde los árboles representen un riesgo para personas o bienes.

Cabe aclarar que, aunque los ejemplares se encuentren en un predio concesionado, siguen siendo parte del arbolado público y por lo tanto están protegidos.

Informe desaparecido de la Dirección de Guardaparques

El 9 de junio, la Dirección de Guardaparques emitió un informe técnico que fue incorporado al expediente 365/25 pero desapareció misteriosamente del lugar donde debía estar.

En ese documento, se informa que:

  • El club no pudo acreditar una autorización formal para la tala solicitada.

  • Se reafirma la vigencia de las leyes y ordenanzas que protegen el arbolado público, detallando conceptos legales como extracción, poda, tala y daño a los ejemplares.

  • Se señala que la factibilidad de la obra planteada se contrapone con la legislación vigente.

  • Se recomienda que la evaluación y decisión sobre la solicitud pase por el Concejo Deliberante, a través de la Comisión de Ambiente y el Consejo de Arbolado Público (actualmente en formación).

  • Se sugieren alternativas a la tala, como el traslado de árboles (si técnicamente es viable) o la readecuación de las obras a realizar.

El informe también advierte que el contrato de concesión vigente establece la construcción de una cancha titular y una auxiliar, mientras que el proyecto actual incluye instalaciones no autorizadas, como dos canchas auxiliares de once jugadores, una cancha de fútbol siete y una de básquet.

Por qué está prohibida la tala

Según las fuentes consultadas, no existe facultad ni autorización para talar ejemplares en buen estado sin que medien razones objetivas como riesgos a la seguridad o daños materiales inminentes.

La normativa vigente protege a los árboles como parte fundamental del espacio público, imponiendo que cualquier acción sobre ellos debe contar con autorización municipal previa y una evaluación técnica y ambiental rigurosa.

Además, se establece la participación de instancias deliberativas y técnicas para decidir sobre la gestión del arbolado urbano, por lo que decisiones unilaterales carecen de legitimidad y ponen en riesgo el patrimonio ambiental.

La intención del Club Villa del Parque de talar 20 árboles del Parque Miguel Lillo enfrenta un rechazo de la comunidad, organizaciones ambientales y profesionales, quienes además denuncian irregularidades en el expediente y la desaparición de un informe clave. Además existen precedentes de la Justicia que no autoriza dichas prácticas como en el caso del Club Villa Díaz Vélez. 

Frente a esto,solicitaron la inmediata suspensión del proceso, la reapertura del expediente con total transparencia, la intervención del Concejo Deliberante y la Comisión de Arbolado Público, y la búsqueda de soluciones que preserven el arbolado urbano sin afectar las actividades deportivas.

El caso pone en evidencia la necesidad de fortalecer la participación ciudadana y el cumplimiento estricto de las normativas ambientales para cuidar los espacios públicos de Necochea.

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