

La sanción fue dictada por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, encabezado por Augusto Costa, a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios. La resolución se basó en una denuncia presentada por la paciente, quien relató que OSDE le exigió cambiar su plan —del 210 al 310, de mayor costo— para autorizar una cirugía de mastectomía parcial y reconstrucción mamaria.
Pese a cumplir con la exigencia, la empresa no otorgó la autorización para el procedimiento, lo que obligó a la mujer a costear la intervención de manera particular ante la urgencia médica. Durante la instancia conciliatoria, OSDE reconoció haber negado la cobertura, pero se negó a reintegrar los gastos, infringiendo los artículos 4, 5, 8 bis y 19 de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240).
Además, la Ley Nacional N° 26.872 de patología mamaria y cirugía reconstructiva establece que todas las obras sociales y prepagas deben brindar cobertura total a las intervenciones posteriores a una mastectomía, por lo que la conducta de OSDE fue considerada contraria a la normativa vigente.
La multa, equivalente a 60 salarios mínimos, vitales y móviles, fue impuesta en el marco del Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama, con el objetivo de proteger el Derecho Humano a la Salud y prevenir prácticas abusivas que vulneren los derechos de las personas consumidoras, especialmente en casos de hipervulnerabilidad.
Desde el Ministerio señalaron que esta medida se enmarca en la política provincial de fortalecimiento de la defensa del consumidor, con acciones destinadas a garantizar que las empresas de medicina prepaga y los prestadores de salud cumplan con sus obligaciones legales y contractuales.
Las personas que deseen realizar denuncias o consultas sobre situaciones similares pueden comunicarse con la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor a través del correo electrónico [email protected].