

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires envió una comunicación formal al Directorio del Consorcio de Gestión de Puerto Quequén, luego de la renuncia de Jimena López, quien dejó la Presidencia del Ente tras asumir como diputada nacional. En el documento, firmado por el Subsecretario de Asuntos Portuarios, se informa que la salida de López genera que “el Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén no posea Presidente/a y tampoco Gerente/a General”, situación que se mantendrá “hasta tanto el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios para la designación de un miembro en representación del Gobierno para el Directorio que ejercerá su Presidencia”.
La comunicación también aclara que López adoptó un mecanismo de transición antes de dejar su cargo. El texto señala que “previo a su renuncia, la Presidenta en funciones suscribió la Disposición CPGQ N° 53/2025, estableciendo un mecanismo transitorio de gobernabilidad y administración”, disposición que permanece vigente mientras se espera la designación provincial.
Uno de los ejes centrales de la nota es la recomendación del Gobierno bonaerense de avanzar en la designación de una conducción provisoria. En ese sentido, la Subsecretaría indica que “se recomienda al Directorio […] designar un presidente interino, incluyendo la atribución temporal de las funciones correspondientes a la Gerencia General, con el objetivo de garantizar la operatoria cotidiana y el normal funcionamiento de la Unidad Portuaria bajo su administración”.
Con este punto, la Provincia habilita explícitamente la posibilidad de una presidencia interina, aunque circunscrita a asegurar la continuidad administrativa y operativa del puerto.
El Gobierno bonaerense también fija restricciones claras respecto de las decisiones que puede adoptar el Directorio en este contexto. La nota advierte que “se recomienda que no se realicen votaciones en torno a decisiones abarcadas dentro de los casos en los cuales la Presidencia tiene derecho a veto (art. 27 del Estatuto)”.
De este modo, la Provincia señala que determinadas materias requieren una autoridad formalmente designada por el Poder Ejecutivo.
En el cierre, la comunicación encuadra la recomendación dentro de las facultades asignadas a la Subsecretaría de Asuntos Portuarios. Allí se recuerda que la dependencia actúa conforme al artículo 30 de la Ley 15.477 y a las normas vigentes en materia portuaria, subrayando que le corresponde “la función de Autoridad Portuaria Provincial y, entre otras acciones, supervisar el funcionamiento de los Consorcios de Gestión”.
Con la emisión de esta comunicación oficial, la Provincia deja establecido un marco institucional transitorio:
El Directorio deberá evaluar ahora los pasos a seguir dentro de los límites operativos definidos por la administración provincial.