
Según pudo confirmar Noticias de Necochea (NdeN) tras acceder al texto completo de la sentencia, el Tribunal en lo Criminal Nº1 de Necochea resolvió el 25 de febrero de 2026 hacer lugar parcialmente a la acción de amparo presentada en noviembre de 2020 por la Asociación para la Conservación del Parque Miguel Lillo.
La resolución judicial declara inválido el artículo 7 de la Ordenanza 10.239/20, una norma central del esquema legal que habilitaba modificar los usos del suelo en el sector del Casino.
El fallo fue firmado por los jueces Luciana Irigoyen Testa, Nicolás Lamberti y Alejandra Manis, quienes sostuvieron:
“Corresponde hacer lugar parcialmente a la acción de amparo… declarándose la invalidez de la Ordenanza Nro. 10.239/20 (Art. 7)”.
Además, el tribunal dispuso que la Municipalidad de Necochea deberá afrontar las costas del proceso judicial, al resultar vencida en el punto central del litigio.
El expediente judicial se inició el 17 de noviembre de 2020, cuando se presentó una acción de amparo contra la ordenanza que habilitaba la licitación del Complejo Casino y modificaba el esquema urbanístico del sector.
En aquel momento, en plena pandemia, el municipio impulsó un concurso integral de proyectos con venta de inmuebles para el desarrollo urbano del Casino, con posibilidad de concesión turística y explotación comercial.
Desde el inicio surgieron cuestionamientos sobre la legalidad del procedimiento.
En una primera instancia el tribunal declaró inadmisible el amparo, pero esa decisión fue revocada en febrero de 2021 por la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata, que ordenó continuar con el trámite judicial.
Posteriormente la demanda fue ampliada en febrero de 2022, incorporando cuestionamientos al segundo intento de licitación del complejo.
Incluso la causa generó un conflicto de competencia judicial que debió resolver la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que en septiembre de 2023 confirmó que el expediente debía continuar tramitándose en el Tribunal Criminal Nº1 de Necochea.
Tras más de cinco años de litigio, finalmente se dictó sentencia.
El punto central del fallo es la invalidez del artículo 7 de la Ordenanza 10.239/20, que modificaba la normativa de ordenamiento territorial de la ciudad.
Ese artículo ampliaba significativamente los usos permitidos en el sector del Casino y habilitaba la posibilidad de desarrollar distintos proyectos urbanos.
Entre los usos previstos figuraban:
hotelería
viviendas unifamiliares y multifamiliares
oficinas comerciales
locales comerciales
estacionamientos
actividades culturales y recreativas
La modificación implicaba transformar el esquema histórico del área, que la normativa urbana definía originalmente con un uso específico vinculado al Casino.
Uno de los fundamentos centrales de la sentencia es que la modificación urbanística nunca obtuvo la convalidación del gobierno de la Provincia de Buenos Aires, requisito obligatorio para que este tipo de ordenanzas tenga plena vigencia.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe de la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, fechado el 24 de febrero de 2025, que confirma que la norma no fue aprobada por la Provincia.
El documento señala textualmente:
“La norma consultada no se encuentra convalidada por la Provincia de Buenos Aires”.
El tribunal también advierte que el expediente administrativo fue devuelto al municipio en diciembre de 2021 con observaciones técnicas, sin que esas observaciones hayan sido subsanadas.
En ese contexto, el fallo sostiene:
“La indefinición producto de que el trámite de convalidación permanezca inconcluso no podría coadyuvar a la presunción de compatibilidad urbanística”.
Otro aspecto señalado por los jueces es la ausencia de estudios técnicos vinculados al impacto del proyecto.
El tribunal remarca que en el expediente no existen evaluaciones de impacto ambiental ni certificados de factibilidad de servicios básicos para el desarrollo urbano proyectado.
Entre los aspectos mencionados aparecen:
provisión de agua
infraestructura cloacal
drenaje pluvial
energía eléctrica
Ante esa situación, los jueces aplicaron el principio preventivo ambiental, establecido en la legislación nacional y provincial.
El fallo sostiene:
“La observancia del principio preventivo obliga al Tribunal a interceder en resguardo del bien público urbano ambiental”.
1️⃣ Falta de convalidación provincial
El cambio de uso del suelo nunca fue aprobado por la Provincia de Buenos Aires, un requisito obligatorio para modificar el ordenamiento territorial.
2️⃣ Trámite administrativo inconcluso
El expediente fue devuelto al municipio con observaciones técnicas que nunca fueron subsanadas.
3️⃣ Ausencia de estudios ambientales
No se acreditaron evaluaciones de impacto ambiental vinculadas al desarrollo urbano proyectado.
4️⃣ Falta de análisis de infraestructura
No se demostraron condiciones de factibilidad para servicios básicos como agua, cloacas, energía eléctrica y drenajes pluviales.
El nuevo fallo llega apenas semanas después de la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, a cargo del juez Carlos Herrera, que suspendió la subasta del Casino prevista para el 11 de febrero tras advertir irregularidades en el procedimiento.
De esta manera, dos decisiones judiciales distintas en menos de un mes terminaron frenando aspectos centrales del proceso que el municipio había impulsado para avanzar con la venta o reconversión del predio.
La sentencia del Tribunal Criminal Nº1 además deja en evidencia que el intento de modificar los usos del suelo del Casino se realizó sin cumplir requisitos legales esenciales, entre ellos la convalidación del gobierno provincial y la realización de estudios ambientales y de infraestructura.
Ese esquema normativo había sido elaborado desde el área jurídica del municipio, encabezada por el secretario de Legal y Técnica Ernesto Povilaitis, responsable de la redacción de las ordenanzas que estructuraron el proceso.
Durante el último tiempo, tanto el Intendente Rojas como su gabinete municipal defendieron públicamente ese camino como la única salida posible para el histórico edificio. Incluso llegó a presentar la venta del Casino como una solución estructural para el distrito.

Sin embargo, los hechos judiciales de las últimas semanas parecen mostrar otro escenario.
Primero fue la suspensión de la subasta. Ahora, la invalidez de uno de los artículos centrales de la ordenanza que pretendía habilitar nuevos usos urbanísticos.
Mientras tanto, el gobernador Axel Kicillof ya dejó en claro cuál es la posición de la Provincia. Cuando el tema fue planteado públicamente durante el verano en una actividad oficial en Quequén, el mandatario evitó involucrarse y fue directo: la cuestión está en manos de la Justicia.
Con ese escenario, el proyecto municipal vuelve a quedar en suspenso.
Y lo que durante años se presentó como la gran salida para el Casino terminó chocando con un obstáculo básico: la falta de sustento legal y técnico en el proceso que intentó impulsarse desde el propio municipio.