

La sentencia se basa en la comisión de dos delitos: abuso sexual simple agravado y abuso sexual con acceso carnal agravado, ambos cometidos en concurso real, ocurridos en el período en que la víctima tenía entre 13 y 16 años de edad.
Resulta sorprendente la falta de comentarios o declaraciones previas de Giordano sobre el caso en el propio gremio dado su rol prominente en el ámbito sindical y periodístico de la ciudad.
El tribunal, además de dictar la condena, ha resuelto implementar un equipo interdisciplinario para el abordaje psico-socio-educativo destinado a personas implicadas en casos de violencia de género, como es el caso de Giordano. Además, el Centro de Asistencia a las Víctimas tomará medidas para la protección, rehabilitación y resguardo de la víctima, asegurando su bienestar emocional y físico.
Asimismo, la sentencia establece la comunicación de la situación al Registro de Condenados por Delitos contra la integridad sexual, dependiente del Ministerio de Justicia, para garantizar que Giordano asuma su responsabilidad y para prevenir futuros incidentes. Se ha ordenado también la obtención del perfil genético del condenado, fortaleciendo así la capacidad de las autoridades para identificar y resolver crímenes de índole sexual.