La Cámara de Apelaciones Departamental de Necochea ha decidido mantener la prisión preventiva para el contador y expolicía junto a otras seis personas acusados de involucrarse en una red de comercialización de estupefacientes. La resolución de la Cámara reafirma el rechazo a los pedidos de nulidad presentados por las defensas y valida la actuación del fiscal Carlos Larrarte en el caso.

La investigación, que comenzó en 2021, intenta revelar una trama compleja de supuesto narcotráfico en la región. Durante el proceso, se llevaron a cabo varios allanamientos que resultaron en el secuestro de una impresionante cantidad de bienes, incluyendo autos de alta gama, USD 545.000, $22.000.000 en efectivo, 2 kilogramos de oro en lingotes, USD 66.000 en criptomonedas, y cocaína.
La Cámara también revocó la prisión domiciliaria que había sido otorgada a Carlos María Amondarain por razones de salud, ordenando su regreso a prisión.
Situación de los detenidos:
- Cuatro de los acusados están recluidos en el penal de Batán. Martí, Volpe, Jover y Amondaraín.
- Dos están bajo arresto domiciliario. Gómez y Beldoménico.
- Uno se encuentra detenido en la sede de Prefectura en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Cribilleros.
Controversias y acusaciones:
- Noel Martí, uno de los imputados, ha visto a su defensa acusar al fiscal y a ciertos medios locales de corrupción y manejo indebido de la información. Sus abogados argumentan que su cliente enfrenta graves problemas de salud que justifican su liberación.
- Miguel Volpe, otro de los detenidos, está bajo investigación adicional por posesión de material de abuso infantil y su posterior districuión.
- Leonardo Jover. Se le imputa el delito de tenencia ilegal de arma de guerrra.

La Cámara de Apelaciones ratificó la prisión preventiva para Noel Augusto Mario Martí, Ayelén Magali Gómez, Leonardo Javier Jover, y Carlos María Amondarain, que fueron las personas que habían pedido su excarcelación en relación con el delito de comercialización agravada de estupefacientes. La resolución subraya que la medida de coerción permanecerá en vigor mientras se mantengan las condiciones legales para su aplicación, de acuerdo con el artículo 147 del Código Penal.