lunes 17 de marzo de 2025 - Edición Nº3088

Policiales | 17 feb 2025

ACCIDENTE FATAL

Una mujer de 62 años murió atropellada por un menor de 17 años

Mónica Nielsen, de 62 años, falleció tras ser atropellada por una camioneta Toyota Hilux en la zona de calles 26 y 57. El conductor, un joven de 17 años quedó aprehendido y se iniciaron actuaciones por "homicidio culposo".


Un trágico accidente tuvo lugar ayer a la tarde, cuando Mónica Nielsen, una mujer de 62 años, fue atropellada por una camioneta Toyota Hilux mientras caminaba por la vereda en la intersección de las calles 26 y 57. La víctima, que sufrió gravísimas lesiones, fue trasladada al Hospital Municipal Dr. Emilio Ferreyra, pero, a pesar de los esfuerzos médicos, falleció debido a la gravedad de sus heridas.

El conductor de la camioneta hijo de una funcionaria municipal de 17 años, fue aprehendido en el lugar. Fuentes judiciales confirmaron que el joven tiene carnet habilitante para conducir, y el test de alcoholemia arrojó un resultado negativo. El accidente también involucró a otro vehículo, una camioneta Partner, que chocó a la Toyota Hilux en la intersección, provocando que el conductor perdiera el control y terminara arrollando a la mujer.

Tras el siniestro, se iniciaron actuaciones judiciales caratuladas como "homicidio culposo", con intervención de la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil, a cargo de Verónica Posse. La camioneta fue secuestrada y trasladada a la Seccional Tercera para las pericias correspondientes.

Los peritos de la Policía Científica fueron convocados para establecer la mecánica del accidente, mientras que agentes de la División Tránsito interrumpieron la circulación en la zona para llevar a cabo las diligencias accidentológicas.

Este trágico episodio ha conmovido a la comunidad, y las autoridades continúan investigando las circunstancias exactas de este lamentable hecho.

Esta nota tuvo que ser editada a pedido  del Juzgado de Garantías del Joven (amparado en Art.4, 5 y CC de la ley 13.634, arts 10.1 y 14.4 de P.I.D.C. y P, arts 1 y 19 de C.A.D.H, arts 8.1, 16.1 y 40.1 de la C.D.N y art. 8.1 y 8.2 de las reglas de Beijing)  para preservar la identidad del menor involucrado en el accidente. 

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