La medida fue oficializada a través del Decreto 408/2026, firmado por el presidente Javier Milei junto a integrantes de su gabinete, y comenzó a regir desde este 1 de junio.
El nuevo sistema establece que las empresas deberán realizar aportes mensuales a un fondo destinado exclusivamente a afrontar futuras indemnizaciones laborales. Esos recursos serán administrados por fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
El FAL alcanza a trabajadores registrados con una antigüedad mínima de 12 meses al momento de finalizar la relación laboral. La norma contempla a todo el sector privado, incluidas pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro.
Los empleadores deberán transferir aportes periódicos a una cuenta individual asociada a la empresa. Los pagos se realizarán a través de ARCA junto con las contribuciones habituales de la seguridad social y luego serán derivados automáticamente al vehículo financiero seleccionado.
Según la reglamentación, los fondos tendrán una afectación específica: solo podrán utilizarse para el pago de indemnizaciones y no podrán ser embargados ni identificados individualmente por trabajador.
La responsabilidad por eventuales faltantes o incumplimientos recaerá exclusivamente sobre la empresa, sin participación financiera del Estado nacional.
Los recursos acumulados deberán invertirse exclusivamente en instrumentos financieros emitidos y negociados en Argentina.
Además, las cuentas vinculadas al FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios, mientras que las empresas podrán deducir los aportes realizados del Impuesto a las Ganancias.
La normativa también establece que las entidades administradoras no podrán cobrar comisiones superiores al 1% anual sobre los activos gestionados.
Cuando se produzca una desvinculación laboral o un acuerdo de finalización de contrato, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica con los datos del trabajador y la liquidación correspondiente.
Luego de la validación de información por parte de organismos oficiales, la entidad financiera tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir el dinero directamente a la cuenta bancaria del trabajador.
Desde el Gobierno sostienen que el nuevo mecanismo busca reducir los riesgos de incumplimiento en el pago de indemnizaciones, especialmente en casos de insolvencia o quiebra empresarial.
Para los trabajadores, el sistema apunta a garantizar una mayor certeza en el cobro de la indemnización y acelerar los tiempos de pago.
En el caso de las empresas, el esquema transforma un eventual costo elevado e imprevisible en un gasto mensual planificado. Además, el decreto prevé una reducción equivalente en las contribuciones patronales para compensar los aportes destinados al fondo.
No obstante, especialistas advierten que el alcance real de la medida dependerá de la adhesión de las empresas, el rendimiento de las inversiones y la capacidad de fiscalización sobre el cumplimiento de los aportes.