miércoles 24 de junio de 2026 - Edición Nº3552

Política | 23 jun 2026

CONFLICTO DE PODERES

El Concejo le dijo a la Corte que Rojas usa "abusivamente" el conflicto de poderes para frenar ordenanzas

En la respuesta presentada ante la Suprema Corte bonaerense, el cuerpo deliberativo pidió rechazar la demanda del Ejecutivo, solicitó levantar la medida cautelar y advirtió que, de prosperar ese criterio, cualquier ordenanza aprobada por mayoría podría quedar paralizada. También afirmó que la exención para excombatientes representa apenas el 0,029% del presupuesto municipal.


El Honorable Concejo Deliberante de Necochea presentó este lunes su contestación a la demanda impulsada por el Departamento Ejecutivo ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y respondió con fuertes críticas al planteo realizado por el intendente Arturo Rojas en torno a la ordenanza que establece beneficios para excombatientes de Malvinas, viudas y derechohabientes.

En el escrito judicial, el cuerpo deliberativo solicitó que se rechace el conflicto de poderes promovido por el Ejecutivo, pidió dejar sin efecto la medida cautelar que suspendió la vigencia de la ordenanza y sostuvo que el intendente está haciendo un uso "abusivo" de esa herramienta judicial para impedir la aplicación de normas aprobadas por el Concejo.

"No hay conflicto de poderes"

Uno de los ejes centrales de la presentación es que, según el Concejo, no existe un conflicto institucional actual que justifique la intervención de la Suprema Corte.

La respuesta sostiene que la ordenanza cuestionada recién comenzará a regir durante el ejercicio 2027, una vez tratada la próxima Ordenanza Fiscal e Impositiva, por lo que no modifica el presupuesto vigente ni afecta recursos municipales durante 2026.

Además, afirma que la creación de exenciones tributarias es una facultad exclusiva del Concejo Deliberante prevista en el artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y que la norma fue sancionada respetando el procedimiento legal, luego de que el cuerpo insistiera con una mayoría de 16 votos sobre 20 concejales.

RESPUESTA DEL HCD NECOCHEA EN LA CORTE by noticiasdenecochea

La acusación contra el Ejecutivo

El tramo más duro del escrito aparece cuando el Concejo advierte que la utilización del conflicto de poderes podría transformarse en un mecanismo para bloquear cualquier ordenanza que no sea compartida por el Departamento Ejecutivo.

"El presente conflicto de poderes es utilizado como herramienta jurídica, atentando claramente contra la voluntad del Cuerpo deliberativo", sostiene la presentación.

Incluso, alerta a la Suprema Corte sobre una posible repetición de este tipo de planteos.

"Existe el riesgo de que cualquier otra ordenanza sancionada por el HCD pueda ser objeto de cuestionamiento judicial por la vía del conflicto de poderes", advierte el escrito.

Y agrega una definición política e institucional:

"La función primordial del Cuerpo, que es la de legislar, se vería inmovilizada".

El costo de la ordenanza

La defensa también incorpora un dato económico para respaldar su postura.

Según el escrito, la exención alcanzaría a entre 40 y 45 excombatientes, viudas y derechohabientes, tendría un costo estimado de 30 millones de pesos anuales y representaría apenas el 0,029% del presupuesto municipal.

Para el Concejo, esa cifra demuestra que no existe un perjuicio económico capaz de justificar la suspensión de la norma ni un conflicto institucional entre ambos poderes.

Piden levantar la cautelar

Otro de los pedidos formulados a la Suprema Corte es que deje sin efecto la medida cautelar dictada el 10 de junio.

El argumento es que la ordenanza no produce efectos durante el ejercicio 2026, por lo que no existe peligro en la demora ni un daño irreparable que justifique mantener suspendida su aplicación.

La causa sigue en la Corte

Con la presentación del Concejo, el expediente continúa ahora su trámite en la Suprema Corte bonaerense, que deberá resolver si mantiene la cautelar y si el planteo del Ejecutivo configura efectivamente un conflicto de poderes o si, como sostiene el cuerpo deliberativo, se trata de una diferencia política que no afecta las atribuciones constitucionales de ninguna de las partes.

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