
La magistrada aclaró que la decisión se tomó en el marco de lo establecido por el Código Procesal Penal y que resultó determinante la postura adoptada por el Ministerio Público Fiscal durante la audiencia.
"La morigeración se concedió porque, ante el pedido de la defensa de mejorar la situación de privación de la libertad, el agente fiscal interviniente, el doctor Cipolletti, prestó conformidad para que se lo morigere", explicó.
Según detalló, el fiscal fundamentó ese consentimiento en que el delito imputado es excarcelable y en que la defensa ofreció medidas suficientes para garantizar el cumplimiento del arresto domiciliario, entre ellas el monitoreo electrónico y la intervención de un tercero responsable.
"Estando fundado el consentimiento del fiscal, al juez de Garantías no le queda otra alternativa que resolver en ese sentido", sostuvo la jueza.
Lhez explicó además que, dentro del sistema procesal penal bonaerense, es el Ministerio Público Fiscal quien tiene la facultad de solicitar que una persona permanezca privada de su libertad durante el proceso judicial.
"Solo el agente fiscal puede pedir que una persona quede privada de la libertad. Entonces, si esa parte consiente que se mejore la situación, se impone que así se resuelva, valorando además que ese consentimiento estaba fundado", señaló.
La magistrada agregó que, al conceder la prisión domiciliaria, incorporó una condición adicional que no había sido cuestionada por la defensa: la prohibición de salir del país.
"A eso lo único que yo le agregué, y que la defensa no cuestionó, es una prohibición de salir del país. No podía resolver de otra manera", concluyó.
La explicación de la jueza llega después de que la resolución generara un fuerte impacto en Lobería y numerosas reacciones tras conocerse que el acusado dejaría la unidad penitenciaria para cumplir la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario, con monitoreo electrónico.

Mientras tanto, la causa continúa su curso y será la Justicia la que determine la responsabilidad penal del imputado en el juicio correspondiente.