La sentencia fue firmada el 3 de septiembre por el juez Juan Atilio Bazzani, en el expediente JU-7887-2026, luego de un amparo promovido por la Sociedad Rural de Rojas, Federación Agraria Argentina filial Rojas y CONINAGRO Rojas.
El reclamo apunta especialmente a la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal y al estado de los caminos rurales.
La resolución judicial va bastante más allá de exigir simplemente un número global de recaudación.
El Municipio deberá detallar cuál es el costo que utiliza para determinar la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial y la correspondiente a control de marcas y señales.
Además, tendrá que informar:
En otras palabras, las entidades podrán contrastar cuánto dinero ingresa, cuánto cuesta prestar el servicio y qué tareas efectivamente realizó el Municipio.

El conflicto judicial tuvo su origen varios meses atrás.
El 7 de mayo, las tres entidades rurales presentaron formalmente un pedido de acceso a la información pública, patrocinadas por el abogado Pablo Abdón Torres Barthe.
Al no obtener la respuesta requerida dentro de los plazos administrativos, recurrieron a la Justicia el 3 de agosto.
Durante el proceso, la Municipalidad sostuvo que parte de la información solicitada podía encontrarse en su página web y argumentó que la normativa de acceso a la información no la obligaba a elaborar nuevos informes a partir de los datos existentes.

El juez Bazzani rechazó ese argumento y consideró que la conducta municipal había sido “claramente remisa”.
Uno de los puntos centrales de la sentencia es que, si el Municipio necesitaba tiempo para recopilar o producir determinada información, debía comunicarlo y establecer un plazo razonable para responder.
Según el fallo, las ordenanzas impositivas y presupuestarias presentadas durante el juicio tampoco permitían responder cuestiones centrales planteadas por las entidades, como la matriz de costos, la ejecución de los recursos, el personal afectado y el equipamiento utilizado.
El caso pone nuevamente en discusión una cuestión recurrente en numerosos municipios bonaerenses: la relación entre las tasas que pagan los contribuyentes y los servicios vinculados con esos cobros.
En Rojas, la Ordenanza Fiscal establece una tasa relacionada con la conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales.
La discusión planteada por las entidades agropecuarias no se limita entonces al estado visible de los caminos, sino a conocer cuánto cuesta efectivamente mantenerlos, qué fondos ingresan y qué ejecución tiene el dinero disponible.
El fallo reconoce el derecho de las entidades a acceder a esa información para poder ejercer control sobre la administración de recursos públicos.

La sentencia está dirigida exclusivamente a la Municipalidad de Rojas y no obliga en forma automática a otras comunas bonaerenses.
Sin embargo, el caso puede transformarse en un antecedente relevante para entidades o contribuyentes de otros distritos que recurran a pedidos de acceso a la información pública para conocer cómo se determinan y ejecutan determinadas tasas municipales.
La importancia del fallo no reside solamente en discutir si un tributo es alto o bajo, sino en otro aspecto: la posibilidad de exigir información concreta que permita comparar recaudación, costos y prestación de servicios.
En el caso de Rojas, dentro de los próximos 45 días deberán ponerse sobre la mesa esos números.