La fecha oficial establecida por ley es el 26 de septiembre, pero en 2026 cayó sábado. Por ese motivo, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales cámaras empresarias acordaron trasladar excepcionalmente la conmemoración al lunes 28.
Para los empleados mercantiles comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, la jornada tiene los alcances legales de un feriado nacional. Sin embargo, esto no implica necesariamente un cierre obligatorio de todos los establecimientos.

La Ley 26.541 establece al 26 de septiembre de cada año como Día del Empleado de Comercio y dispone que durante esa jornada los trabajadores del sector no presten tareas, asimilando la fecha a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Este año, al coincidir el 26 de septiembre con un sábado, FAECYS, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) acordaron trasladar la celebración al lunes 28.
El entendimiento fue firmado el 7 de septiembre y busca garantizar que los trabajadores puedan contar efectivamente con su jornada de reconocimiento y descanso.

No.
El lunes 28 no es un feriado nacional general, sino una jornada especial para los trabajadores comprendidos en la actividad mercantil.
La Ley 26.541 determina que, para esos empleados, el Día del Empleado de Comercio debe tratarse legalmente como un feriado nacional.
Esto significa que un trabajador alcanzado por el régimen que no preste servicios este lunes mantiene su remuneración habitual y no debe sufrir descuentos ni perder el presentismo por esa ausencia.
No necesariamente.
La Cámara Argentina de Comercio aclaró que los establecimientos no están obligados a permanecer cerrados.
Un negocio puede abrir, por ejemplo, si es atendido directamente por sus propietarios. También puede funcionar con personal comprendido en el convenio cuando se acuerde la prestación de tareas bajo las condiciones correspondientes a la jornada.
Por eso, durante este lunes pueden encontrarse situaciones diferentes: locales completamente cerrados, comercios atendidos por sus dueños y otros establecimientos funcionando parcialmente.
En Necochea y Quequén no se cuenta, hasta el momento, con una disposición local general que permita afirmar que todos los negocios permanecerán cerrados. Por ese motivo, quienes necesiten concurrir a un comercio puntual deberían consultar previamente su horario de atención.
Para quienes trabajen durante este lunes, la jornada debe liquidarse con las condiciones correspondientes a un feriado.
La Cámara Argentina de Comercio señala que corresponde un recargo del 100%, es decir, el pago habitual más una suma igual por el trabajo realizado durante la jornada festiva.
Además, el empleador no puede reemplazar ese pago simplemente otorgando el Día del Empleado de Comercio como franco compensatorio del descanso semanal.
Las grandes cadenas de supermercados y centros comerciales suelen ser los establecimientos donde más impacto genera esta fecha debido a la cantidad de empleados alcanzados por el convenio mercantil.
En distintos puntos del país se espera que numerosas sucursales permanezcan cerradas o trabajen con esquemas especiales. Sin embargo, la modalidad puede variar entre empresas y localidades.
Por eso, no corresponde asumir que todos los supermercados, shoppings o comercios tendrán exactamente el mismo funcionamiento.
El origen de la fecha se remonta al 26 de septiembre de 1934, cuando se sancionó la Ley 11.729, una norma considerada fundamental en la historia de los derechos laborales de los trabajadores mercantiles.
Entre otras cuestiones, aquella legislación introdujo avances vinculados con indemnizaciones por despido, licencias por enfermedad y accidentes y otras garantías laborales.
Décadas después, en 2009, el Congreso sancionó la Ley 26.541, que estableció formalmente cada 26 de septiembre como jornada de descanso para los empleados de comercio.
Este 2026, entonces, no cambió la fecha histórica: lo que se trasladó excepcionalmente fue la jornada efectiva de celebración y descanso, que se cumple este lunes 28 de septiembre.