La medida llega apenas días después de que la Corte Suprema dejara nuevamente vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras Rurales y, en la práctica, eliminó los límites nacionales a la adquisición de campos por parte de extranjeros.
La coincidencia temporal abrió un nuevo interrogante político y jurídico: si el Congreso finalmente rechaza el DNU 70 y vuelven a regir las restricciones a compradores extranjeros, ¿qué ocurriría con inversores que previamente hayan obtenido la ciudadanía argentina a través del nuevo programa?
El Gobierno no presentó (formalmente) la ciudadanía por inversión como un mecanismo relacionado con la compra de tierras. El régimen comenzó a ser diseñado en 2025 y oficialmente tiene como objetivo atraer capitales extranjeros.
Sin embargo, en el actual escenario, la combinación de ambas discusiones vuelve inevitable una pregunta más amplia sobre quién puede adquirir grandes extensiones de territorio argentino y cuáles deberían ser los límites.

El Gobierno anunció que el Programa de Ciudadanía por Inversión comenzará a recibir solicitudes durante el cuarto trimestre de 2026.
El mecanismo ofrecerá dos alternativas principales para acceder al proceso:
un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional de 350.000 dólares;
o la suscripción de un título público especialmente creado para el programa por 800.000 dólares.
También podrán incorporarse familiares del solicitante mediante aportes adicionales.
El Ejecutivo sostiene que las solicitudes atravesarán procedimientos de debida diligencia, controles sobre el origen de los fondos y evaluaciones vinculadas con seguridad nacional, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
El esquema tiene antecedentes anteriores al actual conflicto por la Ley de Tierras.
En mayo de 2025, mediante el Decreto 366, el Gobierno modificó la Ley de Ciudadanía 346 e incorporó la posibilidad de que extranjeros obtengan la naturalización sin cumplir los dos años habituales de residencia cuando acrediten una “inversión relevante” en el país.
También creó la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión.
Posteriormente, el Decreto 524/2025 reglamentó el procedimiento para que quienes realicen esas inversiones puedan solicitar la ciudadanía.
Sin embargo, resulta dificil no superponer las acciones del gobierno nacional luego de haber recibido un duro revés, en el recinto y en la opinión pública, respecto de la extrajerización de tierras.
La Corte Suprema dejó sin efecto el fallo que había frenado el artículo 154 del DNU 70/2023.
Ese artículo derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales, sancionada en 2011.
La decisión del máximo tribunal no declaró constitucional la derogación ni analizó el fondo de la discusión. La Corte consideró que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata, que había iniciado la causa, no tenía legitimación suficiente para impulsar esa demanda.
El efecto práctico, sin embargo, fue determinante: al caer la sentencia que mantenía suspendido el artículo 154, actualmente no están vigentes los límites que imponía la Ley de Tierras a compradores extranjeros.

La norma establecía un régimen específicamente dirigido a personas físicas y jurídicas extranjeras.
Entre sus principales disposiciones fijaba:
un máximo del 15% de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y departamental o municipal;
un límite dentro de ese porcentaje para propietarios de una misma nacionalidad;
un máximo de 1.000 hectáreas en la denominada zona núcleo para un mismo titular extranjero, o su superficie equivalente en otras regiones;
restricciones adicionales sobre tierras que contuvieran o fueran ribereñas de cuerpos de agua relevantes;
controles especiales sobre inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.
Un punto resulta central para el debate actual: esas restricciones estaban construidas sobre la condición de extranjero del comprador.
Aquí aparece la pregunta que deja abierta la nueva política.
La Ley de Tierras regulaba específicamente la propiedad en manos de “personas físicas y jurídicas extranjeras”. Una persona que obtenga efectivamente la ciudadanía argentina deja de tener simplemente la condición de extranjero frente al Estado argentino.
Por eso, si la Ley 26.737 volviera a entrar en vigencia con su redacción anterior, podría abrirse una discusión respecto de quienes hayan accedido previamente a la nacionalidad argentina mediante el programa de inversión.
Eso no significa que exista actualmente una autorización explícita para “comprar ciudadanía y después comprar tierras”, y claramente no es el objetivo declarado del programa. Aún así, el proyecto genera suspicacias.
Se entiende que dicha medida no implica que un ciudadano argentino pueda adquirir literalmente cualquier territorio sin restricciones: continúan existiendo normas provinciales, ambientales, territoriales y otras regulaciones específicas.
Pero la combinación entre un sistema que concede ciudadanía mediante capital y una ley que diferencia la propiedad de la tierra según la nacionalidad del comprador plantea un interrogante que probablemente gane espacio en la discusión política.
La oposición convocó a una sesión especial de la Cámara de Diputados para el jueves 15 de octubre con el objetivo de rechazar el DNU 70/2023.
El Senado ya había votado contra el decreto en 2024. Si Diputados también lo rechaza, el DNU perdería vigencia.
Entre sus consecuencias podría volver a entrar en escena la Ley de Tierras Rurales, aunque el alcance jurídico concreto de una eventual derogación será parte de la discusión parlamentaria y legal.
La fecha coincidirá además con la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para ese mismo día frente al Congreso.

La reacción no se limitará al Parlamento.
El Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata, las dos CTA y distintas organizaciones políticas, sindicales y sociales convocaron para este martes 6 de octubre a una movilización frente a Tribunales contra el fallo de la Corte.
También existen convocatorias en distintos puntos del país.
Para el 15 de octubre está prevista una nueva movilización frente al Congreso, coincidiendo con la sesión especial y con la Marcha Federal Universitaria.
La propiedad de la tierra vuelve así a instalarse como uno de los ejes centrales de la discusión política nacional.

El conflicto también habilita una pregunta diferente.
La Ley 26.737 buscaba limitar la extranjerización de tierras rurales, pero no establecía un límite general equivalente para la concentración de tierras en manos de ciudadanos argentinos.
Eso diferencia dos debates que suelen aparecer mezclados: extranjerización y concentración.
Uno pregunta cuánto territorio puede quedar bajo control de personas o empresas extranjeras.
El otro plantea cuánto territorio debería poder acumular cualquier persona física o jurídica, independientemente de su nacionalidad.
Son discusiones diferentes y requieren herramientas legales distintas.
El actual debate sobre el DNU 70, el fallo de la Corte y la ciudadanía por inversión vuelve a colocar ambas preguntas sobre la mesa: no solamente quién es propietario de la tierra argentina, sino también cuánto territorio puede concentrarse bajo una misma titularidad.