
El documento, fechado el 19 de octubre, establece las condiciones con las que el Municipio buscará atraer empresas interesadas en operar el sistema durante los próximos 20 años.
NdeN comparó el texto definitivo con el borrador del 9 de octubre. El análisis permitió identificar modificaciones en las garantías laborales, nuevas exigencias de documentación y ajustes en las obligaciones de las empresas. También confirmó disposiciones relevantes que se mantuvieron, como el Programa Mujeres Choferes, los controles por GPS, el régimen de transbordos y las condiciones de la flota.
Uno de los puntos destacados del pliego es la continuidad del Programa Mujeres Choferes del Transporte Urbano de Pasajeros, establecido mediante la Ordenanza 10280/20.
El artículo 56.3 dispone que la futura concesionaria deberá cumplir con ese régimen y garantizar, cuando se produzcan vacantes de conductores, el ingreso de una mujer por cada dos puestos a cubrir, respetando los criterios de idoneidad.
Las aspirantes deberán estar inscriptas en el Registro Municipal de Mujeres Choferes, creado para facilitar su incorporación al transporte público.
Esta obligación ya figuraba en el borrador del 9 de octubre y fue ratificada en la versión definitiva. Además, el artículo 79.2 contempla sanciones por incumplir el cupo establecido.
Su aplicación efectiva dependerá de las vacantes que se produzcan y de la disponibilidad de postulantes que cumplan los requisitos.
Una de las modificaciones más importantes entre ambos documentos aparece en el artículo 16.1, referido a la incorporación de trabajadores de la concesionaria anterior.
El borrador del 9 de octubre establecía como fecha de referencia el 1.º de septiembre de 2026. En cambio, el pliego definitivo fija el 1.º de marzo de 2025.
La futura adjudicataria deberá incorporar a los empleados en relación de dependencia comprendidos en esa disposición, reconociendo su antigüedad laboral.
Además, deberá presentar una declaración jurada comprometiéndose a cumplir con esa obligación.
El documento también contempla que un trabajador pueda decidir no incorporarse a la nueva empresa. En ese caso, su decisión deberá respetarse.
La modificación de la fecha de referencia es significativa porque cambia el universo de trabajadores alcanzados por la obligación. Para determinar cuántas personas quedarían efectivamente comprendidas será necesario conocer la nómina correspondiente.
Otra incorporación del texto definitivo es el artículo 50 ter, dedicado a la acreditación de obligaciones laborales.
La disposición habilita a la autoridad de aplicación a exigir documentación sobre el personal afectado al servicio, con carácter de declaración jurada.
Entre los elementos previstos se encuentran las nóminas de trabajadores, los comprobantes vinculados con aportes y contribuciones y la documentación correspondiente a la cobertura de riesgos del trabajo y el seguro de vida obligatorio.
Estas exigencias buscan reforzar las herramientas de fiscalización municipal durante la concesión.
El pliego definitivo conserva uno de los cambios centrales que NdeN había adelantado el 10 de octubre: la reducción de la flota mínima de 40 a 16 colectivos, con un máximo previsto de 30 unidades.
El nuevo esquema diferencia entre líneas obligatorias y otras cuya incorporación será opcional para los oferentes.
Las líneas obligatorias son la 502, 510, 511 y 512.
Las líneas opcionales son la 513, 514, 515, 517 y 518.
Las propuestas que incluyan una mayor cobertura podrán obtener un mejor puntaje durante la evaluación.
La flexibilización busca facilitar la participación de empresas, luego de dos procesos licitatorios que no lograron atraer oferentes.
Sin embargo, la cantidad de unidades y las líneas finalmente adjudicadas serán determinantes para evaluar la cobertura real del servicio en Necochea y Quequén.
El documento también establece criterios para evaluar la antigüedad de los vehículos que presenten las empresas.
La edad promedio de la flota no podrá superar los 15 años, y el sistema de puntajes favorece las propuestas que incluyan unidades más nuevas.
Esto significa que el pliego no exige que todos los colectivos sean cero kilómetro, sino que utiliza la antigüedad promedio como uno de los factores de evaluación técnica.
Se trata de una condición relevante para los pasajeros, ya que influirá en las características de los vehículos que podrían circular durante la nueva concesión.
El pliego prevé la instalación de sistemas de posicionamiento satelital para fiscalizar la operación de los colectivos.
El artículo 72.1 establece un plazo de 180 días para implementar GPS en las unidades afectadas a las líneas obligatorias 502, 510, 511 y 512.
Para las restantes líneas se contempla un plazo de 360 días.
El objetivo es disponer de herramientas que permitan controlar los recorridos y verificar la prestación efectiva del servicio.
Además, la concesionaria deberá informar mensualmente kilómetros y viajes programados y realizados, ingresos, subsidios, personal y flota.
El documento contempla también auditorías municipales e informes públicos trimestrales con datos agregados sobre el cumplimiento del servicio y los reclamos recibidos.
El régimen de transbordos constituye otro punto de interés para los pasajeros.
El pliego contempla la posibilidad de combinar líneas dentro de un período de 45 minutos, abonando un solo boleto, conforme a las condiciones establecidas para el sistema.
Entre el borrador del 9 de octubre y el texto definitivo se eliminó una referencia expresa a una tabla del Anexo 1, aunque se mantuvo el plazo de 45 minutos.
Por otra parte, el documento conserva la posibilidad de aplicar una tarifa nocturna con un adicional de hasta el 20 % para los servicios prestados entre las 22 y las 5.
La redacción definitiva no reproduce con la misma precisión la referencia a la tarifa diurna que aparecía en el borrador, un aspecto que podría requerir aclaración durante el tratamiento legislativo.
En cuanto al valor general del boleto, las empresas deberán presentar sus propuestas económicas y tarifarias, que serán evaluadas junto con la cobertura ofrecida y dentro del marco normativo correspondiente.
Las obligaciones relacionadas con la infraestructura también forman parte del nuevo esquema.
El pliego contempla la instalación de al menos un nuevo refugio por año, además de tareas de mantenimiento, demarcación y señalización de las paradas.
La señalización vertical deberá comenzar a implementarse dentro de los primeros 180 días, con prioridad para sectores sensibles como establecimientos educativos y centros de salud.
En este apartado aparece otra modificación entre el borrador y el documento definitivo.
El artículo 68 fue corregido para precisar que deberán mejorarse las garitas que no se encuentren en buen estado edilicio, en lugar de aquellas que sí estuvieran en buenas condiciones, como indicaba la redacción anterior.
La corrección aclara el alcance de las obligaciones de mantenimiento.
Entre las incorporaciones del texto definitivo aparece una prohibición expresa de exhibir propaganda o publicidad de partidos políticos y candidatos, tanto en el interior como en el exterior de las unidades.
La disposición establece una restricción específica sobre el uso de los vehículos afectados al servicio público para difusión partidaria.
El nuevo pliego establece un sistema de evaluación que contempla diferentes aspectos de las propuestas.
Entre ellos se encuentran la antigüedad de los colectivos, la capacidad económica de los oferentes, la cobertura de líneas y las condiciones tarifarias.
El objetivo es comparar no solamente el precio del servicio, sino también la capacidad de las empresas para sostener su funcionamiento.
El documento prevé, además, garantías contractuales y condiciones económicas que deberán cumplir quienes resulten adjudicatarios.
La reducción de la flota mínima y la posibilidad de ofrecer líneas opcionales buscan disminuir las barreras de ingreso, pero no eliminan las obligaciones técnicas, laborales y de fiscalización que deberá asumir la futura concesionaria.
El tratamiento del pliego llega después de varios meses de incertidumbre sobre el futuro del transporte urbano.
Los dos llamados anteriores quedaron desiertos, mientras el Municipio debió recurrir a prórrogas para sostener la prestación del servicio.
La reformulación del documento busca generar condiciones que permitan concretar una adjudicación, sin abandonar las exigencias laborales, técnicas y de control.
Según las expectativas políticas previas a la sesión, el proyecto podría recibir acompañamiento unánime de los concejales. Sin embargo, esa posibilidad deberá confirmarse durante la votación de este jueves.
La eventual aprobación del pliego será un paso necesario para avanzar con una nueva convocatoria, pero no implicará por sí sola que exista una empresa adjudicataria.
Después de dos licitaciones sin oferentes, el desafío será transformar las condiciones establecidas en el documento en un servicio efectivo, con recorridos, frecuencias, unidades y controles que respondan a las necesidades de los vecinos de Necochea y Quequén.