
La resolución a la que accedió NdeN también desestimó el arresto domiciliario solicitado por la defensa y ratificó que el debate se desarrollará en Necochea los días 26, 27 y 30 de noviembre de 2026. Mientras tanto, el acusado continuará alojado en un centro socioeducativo de privación de libertad de Mar del Plata.
La defensa pidió el cese de la prisión preventiva al considerar vencido el plazo máximo de 360 días previsto en el régimen penal juvenil.
También sostuvo que habían disminuido los riesgos procesales, que no quedaban pruebas pendientes de producción y que el adolescente no registraba otros procesos en trámite. Como alternativa, propuso el arresto domiciliario con acompañamiento familiar e intervención del Centro de Referencia.
La Fiscalía se opuso a ambos pedidos y solicitó mantener la detención. La representación de la familia de Bautista acompañó esa posición. Durante la audiencia, el padre de la víctima también expresó su rechazo a la libertad solicitada.
El fallo señala que el adolescente fue aprehendido el 1 de noviembre de 2025 y que la prisión preventiva se dispuso el 5 de noviembre de ese año.
Para resolver el planteo temporal, los jueces consideraron 63 días de tramitación ante la Cámara de Apelación y Garantías y 85 días de instrucción suplementaria. En total, descontaron 148 días del cómputo del plazo cautelar, conforme a la interpretación desarrollada en la resolución.
El tribunal aclaró que esa solución tiene carácter restrictivo y excepcional, responde a las particularidades del expediente y no puede convertirse en una regla general para prolongar la detención de adolescentes.
También destacó la proximidad del juicio y la necesidad de definir la situación procesal en un plazo cierto.
Los jueces consideraron que subsiste un riesgo concreto de fuga, a partir de una valoración conjunta de las características del hecho atribuido, la eventual pena y la cercanía del debate.
Respecto de un posible entorpecimiento de la prueba, en cambio, señalaron que no se habían presentado indicadores concretos suficientes para utilizarlo como fundamento autónomo de la detención. De todos modos, remarcaron la necesidad de proteger a los testigos que declararán durante el juicio.
Sobre la alternativa domiciliaria, entendieron que la propuesta no ofrecía un mecanismo suficiente de supervisión y control externo ni un plan de ejecución adecuado.
La resolución precisó que no descarta definitivamente una medida menos restrictiva: la insuficiencia señalada corresponde a las condiciones presentadas en esta audiencia. La detención deberá revisarse si cambian las circunstancias que la justifican.
El debate está fijado para los días 26, 27 y 30 de noviembre, en Necochea. El tribunal dispuso mantener la detención hasta su realización y el dictado de la sentencia correspondiente.
Los jueces aclararon que la decisión cautelar no anticipa una conclusión sobre la responsabilidad penal del acusado, cuestión que deberá resolverse en el juicio.
También ordenaron sostener la asistencia integral, la educación y el acompañamiento socioeducativo durante su alojamiento en el centro de Mar del Plata.
El pronunciamiento lleva las firmas de Natalia Giombi, Esteban Martín Juliano y Ana Cecilia Bajlec. Así quedó resuelto el pedido de libertad cuyo tratamiento había ordenado la Cámara de Apelación y Garantías el 23 de octubre.