jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº2734

Arte y Cultura | 6 abr 2021

PROMOCIÓN DE LAS ARTES

Sala de Artes Visuales: la nueva propuesta del Honorable Concejo Deliberante

La Ordenanza N° 10267/20 dispone la creación de la “Sala de Exposición de Artes Visuales” del Honorable Concejo Deliberante del Distrito de Necochea en el espacio de primera planta del salón de la democracia.


El espacio cultural tendrá por finalidad el desarrollo y promoción de Artes Visuales y tiene un reglamento de funcionamiento.

La Sala Exposición de Artes Visuales es un espacio abierto, público, participativo y permanente de exposición de las artes visuales cuyo funcionamiento será dependiente de la Presidencia de este Honorable Cuerpo.

Las propuestas de exposición serán entregadas con una foto  de la obra, con una reseña de la misma y del artista de no más de 500 palabras cada una a la casilla de correo electrónico [email protected].

A  los  efectos  de  armar  el listado  de obras  que se acepten se conformará una comisión evaluadora conformada por: El Director de Cultura u otro miembro que el  disponga, un representante de la Escuela Municipal de Artes de Necochea dispuesto por la dirección del establecimiento conformación específica en Artes Visuales, un representante de la Escuela Municipal de Artes de Quequén dispuesto por la dirección del establecimiento conformación específica en Artes Visuales, el Presidente del HCD y de la Comisión de Educación y Cultura del Honorable Cuerpo.

Una vez listados los proyectos admitidos si por caso superan los límites físicos establecidos, la comisión evaluadora priorizará en función de los trabajos entregados el conjunto de obras que considera adecuadas. Estas serán puestas a consideración del Honorable Cuerpo que por mayoría simple aprobará o desestimará la propuesta completa de la comisión. En caso de desestimarse se desarrollará una reunión especial de la Comisión de Cultura y Educación a los efectos de consensuar la nómina que luego será tratada en la siguiente sesión ordinaria.

El listado de obras que se ponga a consideración del Honorable Cuerpo deberá contener como mínimo un 50% de mujeres e identidades feminizadas.

Se dispone la utilización de las dos arcadas  más  cercanas  al espacio de primera planta del salón de la democracia o “Sala Exposición de Artes Visuales” para el llamado a una selección para su intervención en bastidores desmontables.

Reglamento

De las obras. Para Cuadros, grabados, impresiones serigráficas o cualquier tipo de técnica en la intervención artística se tomarán las medidas de referencia de bastidores conforme a sistema internacional, no siendo mayores a 30 (treinta).

Para esculturas se prevén espacios para el emplazamiento si hubiera propuestas con pedestal o tamaños superiores a un 1 mt. de alto y 50 cm. de diámetro. Por caso de estatuas o bustos tamaños menores, dependiendo las piezas, se dispondrá desde la autoridad de aplicación mobiliario a tales efectos o coordinará con el artista el emplazamiento de un pedestal, como parte de la obra. La cantidad de obras, tanto cuadros o esculturas a emplazar, será determinada en función de la cantidad de propuestas y de metros cuadrados posibles en el Espacio Cultural, siendo la autoridad de aplicación la que determine el número máximo, no pudiendo ser inferior a 3 (tres) Cuadros y 1 (una) escultura o bustos siempre y cuando haya propuestas respectivas cumplido el plazo de presentación. La Municipalidad de Necochea no se responsabiliza por cualquier daño que reciban las obras.


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