El director de Guardaparques, Julián Zugazúa, elevó el 12 de agosto un escrito de diez páginas al intendente Arturo Rojas, en el que pidió investigar las actuaciones incorporadas al expediente municipal 3538/26.
NdeN accedió al documento a través de fuentes municipales. Allí, el funcionario denuncia “irregularidades, inconsistencias, omisiones y afirmaciones inexactas o falaces” en el informe mediante el cual el secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Carlos Adrián Furno, ratificó la extracción de los cuatro plátanos.
Zugazúa pidió que ese documento sea revisado, rectificado o declarado nulo. También reclamó que no se permita retirar los dos ejemplares que todavía permanecen en pie y que se abra una investigación para determinar posibles responsabilidades administrativas o legales.
Si de esa investigación surgieran hechos que pudieran constituir delitos, solicitó que el Municipio dé intervención a la Justicia y efectúe la correspondiente denuncia penal.

La presentación fue dirigida por Julián Zugazúa al intendente Arturo Rojas el 12 de agosto.
El escrito describe actuaciones correspondientes a cuatro funcionarios municipales:
La presentación no formula una denuncia penal individual contra estos funcionarios. Describe sus intervenciones y pide a Arturo Rojas que ordene una investigación administrativa para establecer si existieron responsabilidades.
El primer cuestionamiento se relaciona con el lugar donde estaban ubicados los ejemplares.
El informe de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos menciona cuatro árboles situados en “calle 62 entre 53 y 64”, una cuadra que no existe.
Zugazúa precisa que los plátanos se encontraban sobre calle 55, entre 62 y 64, en la esquina oeste con avenida 62, sobre la vereda correspondiente al Colegio de Abogados.
Para el director de Guardaparques, ese error impide identificar claramente cuáles son los ejemplares alcanzados y hace que el documento no pueda configurar una autorización o ratificación válida para completar la intervención.
También observa que el pedido original del Colegio hacía referencia a daños en la vereda y el cordón cuneta, posibles alergias y problemas ocasionados por hojas en las canaletas, pero no habría mencionado inicialmente una afectación de las cañerías cloacales.
Según la presentación, los problemas de salud invocados tampoco fueron acompañados por estudios médicos o científicos.

Los dos plátanos que permanecen en pie mientras se espera una definición sobre el expediente municipal 3538/26.
Uno de los señalamientos más graves recae sobre un informe de la Dirección General de Infraestructura firmado por Marcelo Gómez y fechado el 15 de julio de 2026.
El documento afirma que los árboles afectaban la red cloacal y provocaban desbordes y rebalses en cámaras.
Sin embargo, Zugazúa sostiene que el sistema municipal de gestión de expedientes muestra que Obras Públicas envió las actuaciones directamente a la Dirección Forestal el 14 de julio a las 8.05. Esa dependencia habría confirmado su recepción a las 10.12 y mantenido el expediente en su poder hasta el 27 de julio.
A partir de esa secuencia, plantea que el informe fechado el 15 de julio pudo haber sido incorporado posteriormente o contener una fecha falsa.
Además, denuncia que el sello de juntura entre las fojas 5 y 6 presenta un doble sellado y se encontraría presuntamente adulterado.
Los señalamientos deberán ser comprobados mediante una revisión del expediente original y de sus registros digitales.

Zugazúa pidió revisar la fecha de incorporación de un informe de Infraestructura y el sello de juntura del expediente.
La presentación cuestiona el respaldo técnico utilizado para afirmar que las raíces afectaban las redes de servicios.
Zugazúa sostiene que no se acompañaron sondeos, excavaciones, estudios ni otros elementos objetivos que permitan comprobar esa situación.
Según explica, actuaciones anteriores de Obras Públicas advertían que, debido a la antigüedad de algunas cañerías y a la falta de información precisa sobre su ubicación, debían efectuarse sondeos transversales antes de comenzar los trabajos.
La realización de esos estudios no aparece acreditada dentro del expediente, de acuerdo con la denuncia.
También plantea que la red de agua corriente mencionada por Infraestructura pasaría por la vereda opuesta a aquella donde estaban ubicados los plátanos.
Respecto de los daños en la vereda, sostiene que las fotografías incorporadas mostrarían solamente una baldosa rota en un frente de aproximadamente veinte metros y no un levantamiento generalizado que justificara la eliminación de cuatro árboles.
Otro punto central es la interpretación del informe elaborado el 15 de julio por la ingeniera forestal Andrea Frigerio.
Furno sostuvo que la Dirección Forestal había autorizado expresamente la extracción de los cuatro plátanos. Zugazúa rechaza esa afirmación y transcribe el documento dentro de su presentación.
Frigerio determinó que los ejemplares presentaban un estado “morfológico y sanitario satisfactorio”, que no se encontraban próximos a cumplir su ciclo de vida y que los beneficios de árboles de ese porte no podían reemplazarse inmediatamente mediante la colocación de ejemplares jóvenes.
La profesional indicó que el motivo para autorizar un eventual reemplazo “sería” lo informado por Infraestructura. Sin embargo, no escribió de manera expresa que autorizaba la tala o extracción de los cuatro árboles.
Zugazúa compara esa redacción con otros quince informes técnicos en los que, según afirma, se especifican claramente la cantidad de ejemplares, el tipo de intervención autorizada y las condiciones que deben cumplirse.
Por ese motivo, sostiene que Obras Públicas le atribuyó a la Dirección Forestal una autorización que no aparece expresada en el documento.
El informe de Furno señala que el 17 de julio, a las 11.30, Gerónimo Gallegos comunicó mediante WhatsApp que el Colegio de Abogados podía avanzar con los trabajos.
Zugazúa sostiene que no existe una reglamentación municipal que permita extender una autorización administrativa mediante una aplicación de mensajería y desde el teléfono personal de un funcionario.
También afirma que no encontró antecedentes de ese procedimiento en otros pedidos de poda, tala o extracción presentados por vecinos.
La discusión no se limita al medio utilizado para notificar la decisión, sino a la existencia del acto administrativo formal que supuestamente respaldaba el mensaje.
Según Guardaparques, durante el procedimiento del 25 de julio los responsables de la intervención solamente exhibieron desde un teléfono una fotografía del informe de Andrea Frigerio, que no contenía una autorización expresa.
Zugazúa también rechaza que el trabajo efectuado pueda definirse como una extracción destinada a solucionar posibles daños sobre las cañerías.
Según detalla, los troncos fueron cortados al ras del suelo y solo se retiraron unos cinco centímetros del tocón. Las raíces quedaron bajo tierra y tampoco se realizaron reparaciones sobre las redes presuntamente afectadas.
La Ley provincial 12.276 diferencia la tala —el corte del tronco— de la extracción, que implica desarraigar completamente el árbol.
Por eso, el director sostiene que se realizó una tala y no una extracción. También advierte que las raíces podrían continuar creciendo o que los plátanos podrían volver a brotar.

El operativo se realizó sobre calle 55, en la esquina con avenida 62, frente a la sede del Colegio de Abogados.
La presentación reconstruye lo sucedido durante la mañana del 25 de julio.
Guardaparques recibió alrededor de las 9.05 un reclamo que advertía sobre una tala en la vía pública. Cuando el personal llegó, encontró trabajando a la empresa Podadores de la Costa, contratada por el Colegio de Abogados.
Según Zugazúa, Patricio García de Arriba, vicepresidente de la institución, exhibió desde su teléfono una fotografía del informe firmado por Andrea Frigerio, pero no tenía otra documentación que autorizara expresamente los trabajos.
García de Arriba se comunicó entonces con Paula Faramiñán y le entregó el teléfono a Zugazúa.
El director afirma que la subsecretaria Legal y Técnica se encontraba “claramente ofuscada”, le dijo que todo estaba autorizado e intentó ordenarle que se retirara para permitir la continuidad de la tala.
Zugazúa le pidió que enviara la documentación, pero sostiene que no la recibió.
Alrededor de las 9.55 también fue llamado por Gerónimo Gallegos. El subsecretario le manifestó que él había autorizado los trabajos, aunque tampoco pudo proporcionarle en ese momento un documento respaldatorio.
Guardaparques resolvió entonces labrar las actuaciones y suspender preventivamente la intervención.
Durante el procedimiento se produjo el enfrentamiento por el cual Federico Manuel Saldaño, responsable de la cuadrilla, fue denunciado por golpear al vecino Carlos Valentín García.
La presentación identifica la investigación como PP 11-004445-26/00, por lesiones leves, con intervención de la UFI N.º 1.
Esta es, hasta el momento, la causa penal vinculada con el episodio. Es independiente de la denuncia administrativa presentada por Zugazúa ante el intendente.
Cuando Guardaparques suspendió los trabajos, un plátano ya había sido retirado y otro presentaba cortes que obligaron a completar su tala por razones de seguridad. Los dos árboles restantes no habían sido intervenidos y continúan en pie.
Furno había considerado “improcedente” la actuación de Guardaparques y sostenido que esa dependencia no tenía competencia sobre el arbolado urbano.
Zugazúa rechaza esa interpretación. Afirma que el área intervino en el marco del Código de Faltas Municipales y de la Ordenanza 502/84, que sanciona la extracción o poda de árboles públicos sin permiso previo.
Como antecedentes, indica que Guardaparques labró 38 actas de infracción entre 2023 y 2026 relacionadas con intervenciones sobre el arbolado.
También menciona cuatro decomisos o secuestros de herramientas confirmados durante el último año por el Juzgado de Faltas N.º 1, además de 33 reclamos derivados al área mediante el sistema Vos con Voz durante los últimos 18 meses.
Zugazúa afirma que acompañó esos antecedentes, junto con quince informes de la Dirección Forestal y un comunicado municipal de 2021, como documentación respaldatoria.
El funcionario sostiene que las declaraciones de Furno sobre la supuesta falta de competencia expusieron injustificadamente a los trabajadores y los dejaron en una situación vulnerable ante futuros procedimientos de control.
También señala que el manejo del expediente expuso al personal y a los vecinos a una situación de violencia que podría haberse evitado.
El escrito concluye con cuatro solicitudes dirigidas al intendente:
Zugazúa también reservó su derecho a promover acciones posteriores en los ámbitos penal, administrativo o laboral.
La presentación elevada a Arturo Rojas no constituye una denuncia penal contra cuatro funcionarios. Es una denuncia administrativa que pide revisar el expediente, preservar los dos árboles restantes e investigar si existieron responsabilidades.


Zugazúa pidió iniciar una investigación administrativa y acudir a la Justicia si surgieran hechos que pudieran constituir delitos.
Antes de conocerse la presentación, Furno defendió el procedimiento y aseguró que el Colegio contaba con autorización desde el 17 de julio. También sostuvo que el pedido había sido evaluado por Infraestructura y por la Dirección Forestal. Sus explicaciones fueron publicadas por NdeN después de la reunión en el Concejo.
El Colegio de Abogados afirmó que cumplió con los procedimientos administrativos, que contaba con autorizaciones expresas y que las actuaciones debían analizarse de manera integral. La institución difundió su postura el 4 de agosto.
La decisión queda ahora en manos de Arturo Rojas. El intendente deberá resolver si abre la investigación solicitada, si revisa el informe cuestionado y qué ocurrirá con los dos plátanos que todavía permanecen frente al Colegio de Abogados.