
NdeN presenció la audiencia realizada el jueves 17 de septiembre y accedió posteriormente al acta completa. Durante casi una hora expusieron la Defensa Oficial, el representante del Particular Damnificado y la Fiscalía antes de que la magistrada comunicara su decisión.
El resultado ya es conocido: Omar Brandi continuará detenido bajo arresto domiciliario con monitoreo electrónico, mientras que Ricardo Brandi permanecerá privado de su libertad. Pero el debate permitió conocer los argumentos que cada parte puso sobre la mesa y, especialmente, por qué la jueza entendió que la situación de padre e hijo debía analizarse por separado.
La defensora oficial María Laura Barbafina solicitó inicialmente la excarcelación extraordinaria de ambos imputados. Como alternativa, pidió que la medida de coerción fuera morigerada mediante arresto domiciliario con monitoreo electrónico.
La presentación estuvo centrada principalmente en las condiciones de salud.
En el caso de Ricardo Brandi, la Defensa mencionó su certificado de discapacidad, limitaciones físicas, tratamientos médicos y la necesidad de rehabilitación y asistencia para algunas actividades cotidianas.
Respecto de Omar Brandi, de 83 años, hizo referencia a diabetes insulinodependiente, hipertensión arterial, antecedentes cardiovasculares y la necesidad de controles, medicación y conservación adecuada de la insulina.
La Defensa sostuvo que esas necesidades resultaban difíciles de atender correctamente dentro de una dependencia policial o establecimiento carcelario y que podían mantenerse los controles procesales mediante una modalidad de detención menos gravosa.

El abogado Luis Alberto Loria, representante del Particular Damnificado, se opuso a los pedidos de libertad y planteó una serie de circunstancias que, según su posición, demostraban que todavía existían riesgos procesales.
Uno de sus argumentos estuvo relacionado con las pertenencias de Antonella y de su hija.
Loria sostuvo durante la audiencia que esos efectos personales permanecieron en el domicilio después de la muerte y que no fueron restituidos a la familia, circunstancia que utilizó para cuestionar la colaboración atribuida a Ricardo durante la investigación.
También puso en discusión aspectos vinculados con la persona presentada como cuidadora de Ricardo y señaló que permanecían pendientes declaraciones testimoniales que, a criterio del Particular Damnificado, podían aportar nuevos elementos sobre eventuales riesgos de entorpecimiento.
Otro de los puntos planteados fue el verdadero alcance de las limitaciones físicas de Ricardo.
Loria señaló que, antes de su detención, conducía un automóvil por sus propios medios y podía desplazarse, dato que pidió ponderar frente al grado de dependencia presentado por la Defensa.
El fiscal subrogante José Luis Cipolletti centró su intervención en la continuidad de los riesgos procesales.
Acompañó los argumentos del Particular Damnificado en aquellos aspectos vinculados con el proceso y destacó especialmente que todavía existían testimonios pendientes cuya producción podía resultar relevante.
Sobre las condiciones sanitarias, señaló que los informes médicos incorporados no establecían una imposibilidad absoluta de permanecer privados de la libertad, sino que condicionaban esa permanencia a que los imputados pudieran recibir los tratamientos correspondientes en el lugar de alojamiento.
La posición final de la Fiscalía resulta especialmente relevante.
Una vez que Lehz concedió la domiciliaria a Omar Brandi, el fiscal consintió expresamente la resolución y no formuló objeciones contra esa medida.
También consintió lo resuelto respecto de Ricardo, quien continuará detenido.

Después de escuchar a las partes, Aída Lehz comenzó por analizar el pedido de excarcelación extraordinaria.
La jueza consideró que todavía subsisten riesgos procesales que impiden que los dos imputados recuperen la libertad.
Para esa conclusión ponderó la gravedad y las circunstancias del hecho investigado, determinados comportamientos posteriores atribuidos a los imputados y la existencia de medidas probatorias que todavía permanecen pendientes.
Por eso rechazó la excarcelación extraordinaria tanto de Omar como de Ricardo.
A partir de allí comenzó un segundo análisis: si correspondía mantener la detención bajo una modalidad diferente.
La jueza diferenció especialmente la situación de Omar Ernesto Brandi.
Tuvo en cuenta sus 83 años, su condición de diabético insulinodependiente, los antecedentes cardiovasculares y otras patologías acreditadas.
También ponderó la necesidad de conservar adecuadamente la insulina, administrarla de manera regular y garantizar controles y asistencia médica.
Según quedó establecido durante la audiencia, su actual lugar de alojamiento presentaba dificultades concretas para asegurar de manera permanente esas prestaciones.
Por eso Lehz entendió que los riesgos procesales podían mantenerse controlados mediante una modalidad de detención menos gravosa y dispuso el arresto domiciliario con monitoreo electrónico.
La medida no supone que Omar recupere la libertad.
Deberá permanecer dentro del ámbito autorizado por el sistema de monitoreo y no podrá ausentarse sin autorización judicial, excepto ante una urgencia debidamente acreditada.
Antes de que se haga efectiva la domiciliaria deberá además comprobarse la factibilidad técnica del monitoreo electrónico y designarse una persona que actúe como tercero responsable.
La resolución fue diferente para Ricardo Omar Brandi.
Lehz consideró acreditado que presenta afecciones de salud y limitaciones físicas, pero entendió que la documentación incorporada hasta el momento no permite establecer con suficiente precisión qué tratamientos resultan indispensables, con qué frecuencia deben realizarse y qué consecuencias concretas produciría su falta o interrupción.

Por esa razón rechazó la domiciliaria y ordenó ampliar la evaluación médico-pericial.
El nuevo estudio deberá determinar qué tratamiento médico, farmacológico o de rehabilitación requiere actualmente, su modalidad y periodicidad, el grado de necesidad de esas prestaciones y qué afectación concreta podría sufrir si no las recibe adecuadamente.
La magistrada también tuvo en consideración la existencia de otra investigación vinculada con el presunto comercio de estupefacientes, cuya acumulación con estas actuaciones fue dispuesta por considerarse relacionada objetiva y subjetivamente.
Se trata de una investigación en curso y no de una responsabilidad penal establecida.
El cierre de la audiencia dejó claramente establecidas las posiciones.
Una vez que Lehz concedió la domiciliaria a Omar Brandi, el fiscal consintió expresamente la resolución y no formuló objeciones contra esa medida.
El representante del Particular Damnificado, Luis Alberto Loria, se notificó de la decisión y dejó planteado que evaluaría con la familia de Antonella la eventual presentación de un recurso contra la domiciliaria de Omar.
La Defensa, en cambio, consintió la morigeración concedida a Omar y anunció que apelará el rechazo de la domiciliaria solicitado para Ricardo.
Después de la audiencia, Norberto Álvarez, padre de Antonella, habló con NdeN sobre cómo recibió la familia la decisión.
Según explicó, contemplaban como probable que Omar pudiera acceder al arresto domiciliario debido a su edad.
“Sabíamos ya que más que nada a Brandi padre lo ayuda lo que es la edad”, expresó.
Respecto de Ricardo, la posición familiar era diferente.
“Con él es lo que esperábamos, que no le dieran la domiciliaria”, sostuvo Norberto.
El padre de Antonella manifestó que la familia quedó conforme con esa parte de la resolución y señaló que continuará trabajando junto a sus representantes para intentar que no se modifique la situación de detención de Ricardo.
Durante la conversación con NdeN también volvió sobre el conflicto por las pertenencias de Antonella y de su hija y relató que recibió mensajes para retirarlas del domicilio en condiciones y horarios que generaron desconfianza en la familia.

La audiencia del jueves no resolvió la responsabilidad penal de los imputados, sino exclusivamente sus condiciones de detención mientras continúa avanzando la investigación.
La causa se tramita bajo una imputación por homicidio agravado por el vínculo y homicidio de una mujer cometido por un hombre mediando violencia de género.
Por ahora, padre e hijo continuarán privados de la libertad bajo modalidades diferentes: Omar Brandi, en arresto domiciliario con monitoreo electrónico una vez cumplidos los requisitos establecidos; Ricardo Brandi, detenido mientras continúa la causa y se profundiza la evaluación de su estado de salud.