La decisión fue tomada luego de la audiencia preparatoria, en la que la defensa había solicitado la nulidad de un acta policial, el sobreseimiento y la libertad del joven acusado. El Tribunal rechazó esos planteos y también descartó la posibilidad de reemplazar la prisión preventiva por arresto domiciliario.
La causa continúa encuadrada como homicidio simple. El debate oral comenzará a las 10 y fue previsto en tres jornadas, debido a la cantidad de pruebas y testigos admitidos.
La defensa de Comaschi había cuestionado el acta de procedimiento policial labrada al inicio de la investigación y pidió que fuera declarada nula, junto con las pruebas que pudieran derivarse de ella.
El Tribunal consideró que ese planteo fue presentado fuera de la etapa procesal correspondiente. En la resolución, sostuvo que la defensa conocía el contenido y los alcances del acta desde los primeros momentos de la causa y que no promovió la nulidad durante la Investigación Penal Preparatoria.
Por ese motivo, rechazó la nulidad y, como consecuencia, también desestimó los pedidos de sobreseimiento y libertad.
En relación con la prisión preventiva, los jueces entendieron que continúan vigentes los riesgos procesales. Valoraron la gravedad del hecho investigado, la proximidad del juicio oral y la falta de condiciones familiares que, según la resolución, permitan garantizar una medida alternativa en libertad.
De esta manera, Comaschi seguirá alojado en el Centro Socioeducativo de Privación de la Libertad Ambulatoria de Mar del Plata, por el plazo legal correspondiente o hasta la realización del juicio oral, salvo que exista una modificación sustancial de las circunstancias evaluadas.
La resolución también dejó habilitada una etapa de instrucción suplementaria para producir distintas medidas técnicas antes del debate.
La defensa podrá avanzar con pericias informáticas sobre teléfonos secuestrados, análisis médicos vinculados con la historia clínica, las fotografías y la autopsia, además de una pericia criminalística reconstructiva sobre la mecánica del hecho. También podrá requerir informes sobre actuaciones judiciales vinculadas con la víctima que considera relevantes para su estrategia procesal.
El Tribunal aclaró que esas diligencias deberán ser impulsadas y concretadas por la propia defensa.
Por otra parte, hizo lugar al pedido de la Fiscalía para realizar la apertura y el análisis pericial del teléfono celular perteneciente a Bautista Coronel, una medida que había sido prevista para su producción en La Plata.
En una decisión diferente, el Tribunal rechazó la reconstrucción formal del hecho solicitada por la Fiscalía, al considerar que se trata de una medida propia de la etapa de investigación preliminar, ya concluida.

Los jueces admitieron parte de la prueba documental ofrecida por la Fiscalía, entre ella informes, actas, registros de llamados al 911, historia clínica, autopsia, material fílmico, pericias y actuaciones vinculadas con teléfonos celulares.
También fueron autorizados los testigos propuestos por las partes, incluidos efectivos policiales, profesionales, personas que estuvieron vinculadas con la investigación y declarantes con identidad reservada.
La valoración de cada una de esas pruebas quedará para el juicio oral, donde las partes expondrán sus posiciones y podrán interrogar a los testigos y peritos.
La defensa mantiene la hipótesis de legítima defensa. En tanto, la familia de Bautista, representada como particular damnificado, sostiene una postura opuesta y anticipó que buscará probar una calificación más grave durante el debate.
En una resolución separada, el Tribunal respondió al pedido formulado por la familia de Bautista Coronel para que se realizara una audiencia estrictamente presencial, con la participación de todos los magistrados que integran el cuerpo.
Los jueces resolvieron mantener la modalidad de decisión por escrito sobre los planteos tratados en la audiencia preparatoria, al señalar que esa forma había sido aceptada previamente por las partes.

Sin embargo, dejaron expresamente abierta la posibilidad de que el particular damnificado solicite una audiencia para ser oído por los integrantes del Tribunal, en los alcances previstos por la normativa de derechos de víctimas. En ese caso, se indicó que la participación de los jueces con asiento fuera de Necochea se garantizaría mediante medios telemáticos.
Con las cuestiones previas resueltas y el juicio ya fijado, el caso entra en una etapa decisiva: en septiembre, el Tribunal deberá escuchar a las partes y analizar la prueba para determinar qué ocurrió la madrugada del 1 de noviembre de 2025.